Acompañamiento Social: quiénes cobran $78.000 en agosto y hasta cuándo continúa el programa

El Ministerio de Capital Humano ratificó la continuidad del Programa Acompañamiento Social durante agosto de 2026. La prestación, abonada a través de la ANSES, mantiene el valor congelado de $78.000 mensuales y no requiere trámites de reinscripción para los beneficiarios actuales.

Monto y modalidad de pago

  • Monto mensual: $78.000.
  • Liquidación: A cargo de ANSES.
  • Inscripción: No hay nuevas inscripciones abiertas; el cobro es automático para quienes ya forman parte del padrón y mantienen los requisitos exigidos.

Quiénes pueden cobrar la prestación

El programa está focalizado en los sectores del ex Potenciar Trabajo que enfrentan mayores barreras para la inserción laboral formal:

  • Personas de 50 años o más en situación de vulnerabilidad social.
  • Mujeres a cargo de 4 o más hijos menores de 18 años.
  • Beneficiarios que cumplan con las corresponsabilidades comunitarias o sanitarias fijadas por el programa.

Extensión de la vigencia hasta 2028

A través de la Resolución 90/2026, el Gobierno amplió el plazo de duración del programa de 24 a 48 meses. Con esta medida, la asistencia económica se extenderá, en principio, hasta abril de 2028, siempre que se mantenga la disponibilidad presupuestaria y el cumplimiento de las condiciones de permanencia.

Diferencia con «Volver al Trabajo»

Tras la reorganización del Potenciar Trabajo en 2024, el esquema se dividió en dos ejes:

  • Volver al Trabajo: Orientado a la capacitación e inserción laboral (actualmente en su etapa final).
  • Acompañamiento Social: Enfocado en la contención e inclusión de hogares y personas en situación de extrema vulnerabilidad.

Causales de baja e incompatibilidades

Se suspenderá el pago a quienes incurran en las siguientes situaciones:

Incumplir con las obligaciones y corresponsabilidades del programa.

Ser propietario de bienes o desarrollar actividades económicas incompatibles.

Cobrar jubilaciones, pensiones o prestaciones por desempleo.

Percibir otros subsidios sociales no compatibles.

Compartir esta noticia:

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest