Comenzó la veda electoral en todo el país: qué actividades están prohibidas y qué sanciones prevé la ley

Desde las 8:00 de la mañana de hoy rige en todo el país la veda electoral, medida establecida por el Código Electoral Nacional (Ley 19.945) con el objetivo de garantizar la transparencia del proceso electoral y proteger la libertad del voto ciudadano.

Durante este período, que se extenderá hasta el cierre de los comicios el próximo domingo a las 18:00, quedan prohibidas diversas actividades políticas y sociales. Entre ellas, se incluyen los actos de proselitismo, la difusión de publicidad partidaria, la publicación de encuestas o sondeos preelectorales y la venta de bebidas alcohólicas desde la noche anterior a la elección.

Asimismo, la ley prohíbe la realización de espectáculos públicos —ya sean teatrales, deportivos o al aire libre— durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su finalización. También deberán permanecer cerrados los locales que expendan bebidas alcohólicas hasta ese mismo horario.

Por disposición del artículo 71 del Código Electoral, los locales partidarios no podrán mantenerse abiertos dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación. En caso de incumplimiento, la Junta Electoral Nacional podrá ordenar su cierre transitorio.

Otra de las restricciones importantes es la prohibición de tomar fotografías de la Boleta Única de Papel (BUP) durante el proceso de votación, para preservar el secreto del sufragio.

Las personas que incumplan la veda electoral podrán recibir penas de prisión de 1 a 3 años, mientras que aquellos que violen el secreto del voto o entreguen boletas dentro del radio prohibido de 80 metros podrán ser sancionados con penas de hasta 10 años, de acuerdo con lo establecido en el Código Electoral Nacional.

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