Establecen un nuevo régimen de control especial para armas semiautomáticas de uso deportivo

El Registro Nacional de Armas (RENAR) aprobó un nuevo esquema de control más riguroso para la tenencia y adquisición de armas semiautomáticas de calibre superior al .22 LR, alimentadas con cargadores removibles de tipo fusil, carabina o subametralladora, derivadas de modelos de uso militar.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 37/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo fortalecer la trazabilidad y la tenencia responsable de este tipo de armamento, considerado de uso condicional.

El nuevo régimen impone una autorización especial tanto para los legítimos usuarios como para las entidades de tiro, estableciendo requisitos estrictos para garantizar el control del material.

Requisitos principales para obtener la autorización

  • Antigüedad mínima: acreditar al menos cinco años de experiencia como legítimo usuario de armas de fuego.
  • Antecedentes: no poseer antecedentes penales ni sanciones administrativas.
  • Guarda homologada: disponer de un espacio de almacenamiento de armas debidamente certificado.
  • Uso deportivo: presentar una declaración jurada y documentación que acredite el destino deportivo del arma.
  • Tasa administrativa: abonar un monto equivalente al previsto para la “Tenencia Express” y la Tarjeta de Consumo de Municiones.

Con esta resolución, el RENAR reemplaza regulaciones anteriores y reafirma su compromiso con el control responsable del uso civil de armas de fuego, dentro del marco legal vigente en materia de seguridad y explosivos.

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